Por expresa remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y aplicación del artículo 76 del Código Orgánico Procesal Penal contentivo del PRINCIPIO PROCESAL DE LA UNIDAD DEL PROCESO, la ACUMULACION DEL ASUNTO SIGNADO CON EL N º YP01-D-2013-0002, al ASUNTO SIGNADO CON EL N ° YP01-D-2011-107 quedando activa la nomenclatura del asunto YP01-D-2011-0107, el cual se le seguirá al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de los delito de: POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del Estado Venezolano y HURTO, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: Se difiere la audiencia preliminar quedando pautada su realización para el día Nueve (09) de agosto de 2013, a las Tres horas de la tarde (03:00 p. m). Notifíquese a la ciudadana Fiscal Quinta del Ministerio .....