Por lo antes Expuesto este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que me confiere la ley: Acuerda la acumulación del asunto No. YP01-D-2007-23, al Asunto No. YP01-D-2007-07 cumpliendo el adolescente con la sanciones de LIBERTAD ASISTIDA para ser cumplida por el lapso de un año, las sanciones de SERVICIOS A LA COMUNIDAD y REGLAS DE CONDUCTA por seis (6) meses consistentes en 1.- Prohibición de Portar Armas de Fuego o Armas Blancas; 2.- Integrarse al sistema educativo y laboral, a los fines de continuar con su proceso de formación personal y académica consignando ante el Tribunal de Ejecución las constancias respectivas mensualmente 1.- Residir en un lugar determinado, con la advertencia de que cualquier cambio de residencia o domicilio deberá ser comunicada al Juez de Control. 2.- Finalizar la esc.....