DECISION
Este Tribunal Unico de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la ley, DECRETA: Primero: "Cesación de la Sanción de Libertad asistida, acordada al Joven OMITIDO, por el Tribunal de Control No. 2 de este Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, por cuanto se verifica de actas que ha cumplido efectivamente con la sanción impuesta por este Tribunal por lo que se Decreta el Cese de la Medida de Libertad Asistida y la Libertad Plena del adolescente. de conformidad con el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Segundo: Notifíquese al Ministerio Público, a la Defensa Pública, y al Centro de Libertad Asistida, de la presente decisión. Tercero. Notifíquese al adolescente y a sus representantes. Envíese la Presente causa al Archivo Judicial en su oportunidad .....