Así este Tribunal Unico de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente en nombre de la República Bolivariana de Venezuela administrando justicia y por autoridad de la ley acuerda PRIMERO: acumular los dos asuntos quedando solo el asunto No. YP01-D-2005-62, desapareciendo la nomenclatura No. YP01-D-2005-16, enmendando la foliatura de la causa acumulada, es decir la signada con el N° YP01-D-2006-62 continuando la numeración de la presente causa, y se ordena cerrar informativamente el asunto No. YP01-D-2005-16, para que todas las actuaciones que ingresen sean llevados por un solo número de causa. SEGUNDO: Se acuerda imponer al adolescente de la presente decisión fijando audiencia para el día martes 23 de octubre de 2007, en horas de las 3pm para ser celebrada en la sala 2 de este Circuito Judicial Penal. TERCERO: Así se ordena practicar cómputo por secretaria a los fines de determinar el tiempo que le falta por cumplir la sanción; Notifíquese al adolescente y a las ví.....