DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: REVISA Y SUSTITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al sancionado (omitido) por la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso que la falta por cumplir la sanción, hasta alcanzar los dos años, así mismo se acuerda la sanción de Reglas de Conducta por igual lapso, consistentes en: 1) Integrarse al sistema educativo o laboral; debe consignar constancia de estudio o de trabajo, 2) La prohibición de consumir bebidas alcohólicas y Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, sanciones de cumplimiento simultáneo, de conformidad a lo establecido en los artículos 646, 647 literal e, 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se ordena realizar actualización el cómputo por s.....