este Tribunal Unico de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente acuerda acumular los dos asuntos de conformidad con el articulo 66 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 8 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente quedando solo el asunto No. YP01-D2007-07, desapareciendo la nomenclatura No. YP01-D-2007-144, debiendo cumplir el adolescente con las sanciones de Libertad Asistida por el lapso de un año, y las sanciones de Servicios a la Comunidad y Reglas de conducta por el lapso de seis meses tal y como fueron impuestas en la sentencia. Así se ordena practicar cómputo por secretaria a los fines de determinar el tiempo que le falta por cumplir la sanción; se acuerda enmendar la foliatura de la causa acumulada, es decir la signada con el N° YP01-D-2007-07 continuando la numeración de la presente causa, y se ordena cerrar informativamente el asunto No. YPO1-D-2007-144, para que todas las actuaciones que ingresen sean llevados.....