Por todos los razonamientos esgrimidos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procediendo de conformidad con lo establecido en los artículos 102 y 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 8, 53, 80, 542, 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda se autoriza el traslado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA con las seguridades del caso, los días y horas establecidos en el horario consignado a la Sede de la Unidad Educativa Mi pequeño Mundo "ROSA MISTICA", ubicado en el Sector San Rafael, Raúl Leoni I, Tucupita, Estado Delta Amacuro, debiendo el adolescente ser trasladado antes de la Una de la tarde a cursar sus clases conforme a su horario de clases; el adolescente sancionado deberá estar acompañado por un maestro guía de la Casa de Formació.....