Este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de Responsabilidad de Adolescente acuerda: de conformidad con lo establecido en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 12.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que garantizan el derecho a ser oído, fijar Audiencia para el día 19 de Julio de 2007, a las 01:00 pm a celebrase en la sala de audiencia No. 4 de este Circuito Judicial Penal, para oír al sancionado Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), e imponerlo de la sanción de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTAS, conforme los artículos 620 litera "d", en concordancia con el artículo 626 y 620, literal "c", en relación con el artículo 624, ambos de la Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente, para ser cumplidas de manera simultanea por el lapso de un (01) año, consistiendo esta última en: 1.- Integrarse al Sistema Educativo y Laboral, a los fine.....