En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA: Revisa y mantiene la medida impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, contempladas en los artículos 626 y 624 con relación con el articulo 620 literales d y b , por el plazo cumplimiento de UN (01) Año; y verificado por este Tribunal que el joven de autos ha cumplido un lapso de tiempo de SEIS (06) MESES, indica esto que le FALTA POR CUMPLIR DE LA MEDIDA SEIS (06) MESES a la fecha de su última presentación 15/02/2012, por lo que se determina que la fecha probable de su culminación sería el día 15 de agosto de 2012. Ofíciese a la Presidenta del CMDNNA de Casacoima informando de esta decisión. Notifíquese al joven de autos, a la Fiscal del Ministerio Público y a la Defensora de.....