Así, de conformidad con lo establecido en los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela 12.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que garantizan el derecho a ser oído, ordena fijar Audiencia de Imposición de Sanción para el día 06 de Junio 2007 a las 3 pm. a efecto de oír e imponerle de las sanciones a los adolescentes con la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 620, literal "d", en concordancia con el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, para ser cumplida en un organismo competente de la ciudad (OMITIDO), lugar que se determinará al momento de celebrarse la audiencia de imposición de Sentencia, en virtud de que el precitado joven adulto, presentó para ser agregada a los autos, copia fotostática de planilla de inscripción y pago del Instituto Universitario de Tecnología (OMITIDO), la cual fue confrontada con su orig.....