VI
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 2, 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela, y artículos 12, 13, 14 y 15 del Código de Procedimiento Civil, declara Primero: Con lugar la FALTA DE CUALIDAD del ciudadano HUMBERTO SUBERO RODRÍGUEZ, Venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-2.259.424, intentada por el ciudadano: MARIO ENRIQUE MARIÑO MILLAN, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad N° V-10.391.189, domiciliado en el Barrio El Palomar, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistido por el profesional del derecho ROY A. BYER DELGADO, Abogado en ejercicio, Inpreabogado N° 73.365, de es.....