Es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 26, 49, 51, 253 y 257, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en armonía con los Artículos 263, 264 y 265, Código de Procedimiento Civil, acuerda dicho desistimiento, LO HOMOLOGA, le da carácter de cosa Juzgada y ordena el archivo del expediente. De conformidad con el artículo 112, Código de Procedimiento Civil, se ordena la devolución de los documentos solicitados que rielan desde a los folios 4, 5 y 6, además de justificativo de testigos y venta de bienhechurias que cursa en los folios 7, 8 y 9, Inscripción Catastral que cursa en el folio 10, autorización de la Alcaldía del Municipio Tucupita que cursa en el folio 11 y fotografías que cursan e.....