In continenti, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio conforme al Artículo l85-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a los Ciudadanos ALIS ANTONIO GUTIERREZ MARCANO y BELKIS MAGDALENA MARCANO BRAVO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Números V-9.860.519 y V-12.545.226, respectivamente, celebrado en fecha Dieciseis (16) de Marzo del año 1988, por ante la Jefatura Civil del Municipio, Andrés Eloy Blanco, del Estado Sucre. Y ASI EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Todo conforme al contenido de los Art. 7, 11, 12, 131.2, 132, 242, 243, 506, 509, 754 Código de Procedimiento Civil, 185-A y 194 Código Civil, en relación ex Art. 2, 26, 49, 51, 253, 257 Con.....