Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional, Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención al análisis concatenado del Articulado siguiente 7, 11, 12, 242, 243, 263 y 264, Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 2, 26, 49, 51, 253 y 257, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es procedente decretar la HOMOLOGACION del Desistimiento y del Convenimiento hecho por las partes en las condiciones expuestas por ellos en dichas diligencias, se declara SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Se ordena el archivo del expediente. Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
Respecto a las medidas decretadas, este Juzgado ordena levantar las Medidas Preventivas de Secuestro que recaen sobre bienes (vehículos) pertenecientes a ambas partes; en consecuencia se ordena.....