In continenti, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario, Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN incoada por la ciudadana: GLEMERYS DEL VALLE CARRASQUEL BERRA, Venezolana, mayor de edad, cédula de identidad N° V-9.858.136, domiciliada en San Rafael, Avenida Orinoco, casa S/N, Municipio Tucupita, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ELVYS ARBELAEZ, Inpreabogado N° 48.918, contra el auto dictada en fecha 09 de Agosto de 2006, por el Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En consecuencia admítase la demanda de conformidad a lo pautado en el artículo 341 del Código Orgánico Procesal Civil. Todo ello conforme a los artículos 2, 7, 21, 26, 49, 51, 253 y 257, Constitución de la República Boli.....