DISPOSITIVA
En razón de los argumentos anteriormente expuestos y con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO Y BANCARIO, CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA Primero: Con Lugar, la demanda de Intimación intentada por el Ciudadano NESTOR JESUS CEDEÑO GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° V-5.336.976, asistido por el Abogado en ejercicio PABLO HERNANDEZ QUIJADA, Inpreabogado N° 92.871, contra la ciudadana MELITZA JOSEFINA FLORES ARZOLAY, titular de la cédula de identidad N° V-8.952.442, quien tiene como apoderados judiciales a los abogados, CESAR AUGUSTO ACEVEDO y SOLANGE MARCANO RIVAS, Inpreabogado Nos. 31.620 y 41.295, por la cantidad de SETENTA Y DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 72.000.000,oo), cuando empezó la demanda, ahor.....