Ahora bien, en cuanto a la reposición que solicita la parte actora, este Juzgado no la acuerda por cuanto considera que no se ha dejado de cumplir las formalidades esenciales a su validez. Razón por la cual, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Niega la reposición solicitada. De conformidad con los Artículos 2, 26, 254, Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 206 y 343 Código Procedimiento Civil. Así se decide