este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO:
Prestación de Antigüedad: Bs. 656.249,85
Vacaciones Fraccionadas: Bs. 200.520,78
Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 93.041,64
Utilidades Fraccionadas: Bs. 200.520,78
Preaviso Artículo 104 L.O.T: Bs. 218.749,95
NETO A PAGAR: BS. 1.369.082,00
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DESICIÓN. Años 195° y 146°
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MARISELA GOMEZ ESTABA.
LA PARTE DEMANDANTE.
ABOGADO ASISTENTE DE L.....