DECISIÓN
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: SIN LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD de la empresa GRUPO ACOSTA MARINE SERVICES C.A; SEGUNDO: SIN LUGAR la acción intentada por el ciudadano JUAN LIRA, contra las empresas OFFSHORE OUTSOURCING SERVICES, C.A y GRUPO ACOSTA Y ASOCIADOS MARINE SERVICES C.A identificados en autos.
TERCERO No hay condenatoria en costas, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente Sentencia en el archivo del Tribunal.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB,.....