Por todos los razonamientos antes expuesto, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y actuando conforme lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, declara CON LUGAR la RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO, presentada por los ciudadanos: Edecio Mercedes Marin Gil y Paulina Manrique de Marin, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 1.385.235 y 8.546.701 y de este domicilio, en consecuencia se decreta y ordena al Registro Civil Municipal del Municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, proceda a INSERTAR la siguiente nota marginar " PAULINA MANRIQUE DE MARIN, "de nacionali.....