Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, presentado por los ciudadanos: ERASMO ALEXANDER MAYO BRITO y EMIRIANNIS EMILYS MAYO BRITO, Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.335.951 y V-25.926.620, respectivamente, Comerciantes, domiciliados en la Urbanización Hacienda de Medio, Sector 2, Vereda 36, Casa Nº 09, Parroquia José Vidal Marcano, Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro, .....