En razón de lo antes expuestos este Tribunal, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES a los ciudadanos Nayelis Del Valle Rodríguez Márquez, Marilyn Josefina Rodríguez Salazar, Romil Rafael Rodríguez Salazar, Manuel Avilio Rodríguez Márquez Y Niurka Del Carmen Rodríguez Márquez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-14.905.062, V-14.115.043, V-16.216.682, V-16.698.249 y V-18.657.432, del DE CUJUS Lino Rodríguez, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº. V- 1.954.562, en su carácter de padre de los ciudadanos identificados anteriormente. Así se decide. Devuélvase a los interesados previa su certificación en autos la presente solicitud, dejando en su lugar copia certificada y anotación en el li.....