Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial Nº 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de ÚNICO y UNIVERSAL HEREDEROS de la de Cujus BERTA ESTEFANA HERRERA, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.384.662, casado, domiciliada en la Urbanización Hacienda del Medio, Calle 4, Casa Nro. 6, Tucupita Estado Delta Amacuro, a favor de sus hijos, ciudadanos: JOSE TOMAS LOPEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-1.384.633, ANA LUISA LOPEZ HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V-1.384.636, MARTA JOSEFINA BRITO HE.....