Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Primero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De Los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales Y Antonio Díaz Con Competencia En Lo Contencioso Administrativo De La Circunscripción Judicial Del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana Ramona Maria Caraballo Vera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.321.798, civilmente hábil, domiciliado en la carretera Nacional Barrio Carapal de Guara parroquia Juan Millán casa Sin número, frente a la cancha de la Jurisdicción de Municipio Tucupita estado Delta Amacuro, quien manifiesta en la mencionada solicitud no saber firmar y autoriza.....