DISPOSITIVA.
Por todo lo antes expuesto, Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 12, 14, 506, 508, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil venezolano, 772, 1.952, 1.953 del Código Civil venezolano y los artículos 26, 49, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por REIVINDICACION intentada por el ciudadano ALEXIS JOSE LAREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.257.907, asistido en este acto por YORJAN JOSE ROSQUEL PACHECO, abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social Del Abogado bajo el Nº 319.879, contra el ciudadano DARWING JOSE VALLADARES LARE.....