Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, conforme a lo establecido en el artículo 70 del Código de procedimiento Civil Procedimiento, DECLARA:
PRIMERO: La INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer la presente PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentada por el ciudadano JUAN CARLOS YAGUARAIMA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.115.134, debidamente asistido por el abogado CARLOS ZAMBRANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.582, contra la ciudadana ROSMELYS DEL VALLE BELLORIN NATERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.905.555.
SEGUNDO: Se solicita la REGULACIÓN DE LA COMPETENCIA .....