IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12, 242, 243, 263, 264, 450 del Código de Procedimiento Civil y artículo 1364 del Código Civil, HOMOLOGA el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por la ciudadana ADRIANA CAROLINA GONZALEZ URBANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.127.794, parte demandante en la presente causa, y el ciudadano SILVERIO DEL JESUS GONZALEZ FIGUERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.337.481, en los términos expuestos, atribuyéndosele carácter de SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.