DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la Apelación interpuesta por la Abg. LEIZA IDROGO, en su condición de Fiscal Segunda del Ministerio Público, suficientemente identificada, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 30 de noviembre 2007, en la causa en contra de los ciudadanos JAIME SEQUERA, GIXON JOSE y MAITA RIVERO, WILLIAN JOSE.
En virtud de la presente decisión, se entiende restituida la medida preventiva privativa de libertad que obraba en contra de los imputados para el momento de la celebración de la audiencia preliminar, por lo que se ordena librar la correspondiente boleta de encarcelación a nombre de los imputados y anexo remítase el oficio a la Divis.....