DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: Cesar la Medida de Libertad Asistida que venia cumpliendo el Adolescente (OMITIDO), de conformidad con la establecido en el articulo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Infórmese a la Unidad de Formación Integral Tucupita II (LIBERTAD ASISTIDA), adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Participación y Protección Social, de la presente decisión. Notifíquese a la victima. Es todo. CUMPLASE.
LA JUEZA SUPLENTE ESPECIAL,
ABOG. MAYURI SALAZAR ROMERO
LA SECRETARIA,
ABG. OLEIDA URQUIA GARCIA