Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con Competencia en lo Contencioso y Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el contenido de la Sentencia 1070 de fecha 09 de Diciembre de 2016, dictada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO intentada por la ciudadana el ciudadano OMAR JOSE GIBORI HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de las cedula de identidad Nº V-14.423.977, asistido por el Abogado en ejercicio ANGEL LUIS SARABIA HURTADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 113.017; y en consecuencia, declara DI.....