ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: Ratifica la medida cautelar Sustitutiva a la privativa de libertad en relación a los dos imputados ciudadanos: EULER DUVIS MOYA FUTRILLE, titular de la cédula de identidad numero: V-17.765.933, y ALCIDES JOSE JAIME, titular de la cédula de identidad numero: V-18-387.896, de conformidad a lo establecido en el articulo 256 ordinal tercero del código orgánico procesal penal, consistente en presentaciones cada TREINTA (30) días por antes este Circuito Judicial Penal, en armonía con el articulo 244 Y 246 , ejusden por la presunta comisión del delito LESIONES EN RIÑA, previstas en el artículo 425 del Código Penal, en perjuicio de ellos mismos. Fíjese la audiencia preliminar siguiendo el orden la ajenta única llev.....