Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Municipal, Estadal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se admiten el escrito acusatorio presentado por la Fiscal Segunda del Ministerio Público DRA. ROSMELYS MALPICA, en fecha veintiséis (26) de enero del año dos mil quince (2015), en contra del ciudadano JOSE GREGORIO RAMOS, Venezolano, natural de Tucupita, fecha de Nacimiento: 29-03-1994, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Dulce María Ramos (v) y Douglas Montaño (f), de profesión u oficio obrero, grado de instrucción tercer año, residenciado en el Zamuro, calle Nº 03, casa S/N de color rosado, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.119.548, por la presunta comisión del delito Robo Agravado en grado de frustración, prev.....