DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz con competencia en lo Contencioso y Administrativode la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO:La Incompetencia de este Tribunal para seguir conociendola presente solicitud de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, hecha por la ciudadana YUSMELIS JOSEFINA MEDINA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.605.530, asistida por el abogado en ejercicio, DELVING MARIN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 104.587. SEGUNDO: Declina su Competencia para conocer de la presente Solicitud en el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO.