Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de sentencia interpuesto por el Abg. EMETERIO RANGEL QUINTERO, en su condición de Defensor Público Penal del Ciudadano ILDEMARO JOSÉ CARREÑO, identificado suficientemente en autos, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia Penal con funciones de Juicio (Unipersonal) del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, publicada en fecha 25 de mayo del año 2006, quedando igualmente el condenado a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 13 del Código Penal; esto es, la interdicción civil durante el tiempo de la pena, la inhabilitación política mientras dure la misma y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por una cuarta pa.....