Este Tribunal deja expresa constancia de la INCOMPARECENCIA de la parte demandada empresa, IMPERIO ACCESORIO C.A., ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que este Tribunal acogiéndose a lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presume la Admisión de los Hechos alegados por la demandante. Se deja expresa Constancia que el actor reprodujo escrito de pruebas constante de un (01) folio útil con tres (03) anexos, el cual se ordena incorporar en este acto al expediente. Este Tribunal se reserva el lapso de 05 días hábiles y de despacho para publicar el extenso del fallo. Se entrega en este acto copia de la presente acta a la parte demandante. Es todo.-