En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, , ACUERDA, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de del Defensor público y del fiscal del ministerio público y se decreta la PRESCRIPCIÓN PENAL de conformidad con los articulo 32, numeral 2º, del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia el SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con los artículos 300, numeral 3º en relación con el articulo 49 numeral 8º, ejusdem y 108 numeral 6º del Código Penal. a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, Previsto y Sancionado en el artículo 416 en relación con el artículo 424 del Código Penal, en perjuicio de la.....