En razón de las consideraciones que preceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio Itinerante Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: NO CULPABLE a la ciudadana: YENNY JOSEFINA ROMERO MARCANO, venezolana, natural de esta ciudad, de 36 años de edad, nacida en fecha 02-05-1978, de profesión u oficio educadora, residenciada en el sector Coporito abajo, cerca de la escuela, titular de la cedula de identidad Nº 14.487.940. SEGUNDO: Se ABSUELVE a la ciudadana: YENNI JOSEFINA ROMMERO MARCANO, de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SIN PENETRACION, previsto y sancionado en el artículo 259, en su encabezado de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes en perjuicio de la niña víctima. TERCERO: Se ordena la libertad desde la sala de la ciudadana: YENNI JOSEFINA ROMERO MAR.....