En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA LA EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN, a la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión del delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, a quien se sanciona a cumplir la Sanción de REGLAS DE CONDUCTA, consistentes en: 1.-Continuar con la escolaridad y presentar ante el Tribunal de Ejecución constancia de inscripción y constancia de notas de manera mensual, en su defecto incorporarse al sistema laboral, de lo cual debe consignar constancia mensualmente al tribunal; 2.-No consumir bebidas alcohólicas ni sustancia estupefacientes ni psicotrópicas, no portar armas de fueg.....