DISPOSITIVA
Por las consideraciones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Se declara CON LUGAR la solicitud de examen y revisión de medida, solicitada por el acusado, suficientemente identificado y por cuanto a la presente fecha, no han variado las circunstancias que motivaron la medida privativa judicial preventiva de libertad, acordada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, en razón de declarar con lugar el recurso de apelación de auto ejercido por el Ministerio Público y en consecuencia revocar la medida cautelar sustitutiva de libertad otorgada en fecha 17-02-2010, se NIEGA la sustitución de la medida de coerción personal, al ser esta necesaria para garantizar las resultas del juicio, en consecuencia se acuerda mantener la medida .....