PRIMERO: Se niega la solicitud de revisión de medida impuesta al imputado ENMANUEL BERTHO PÉREZ venezolano, de 39 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 9.867.583, residenciado en Delfín Mendoza, casa No. 41, mensajero de la Gobernación, padres Pedro Berto Meza y Segunda Pérez, a quien se le sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, previsto y sancionado en el 415 del Código Penal, en perjuicio de YONNIS ROJAS, por lo que deberá continuar presentándose cada 15 días ante la Oficina de Alguacilazgo. SEGUNDO: Se acuerda notificar a las partes, a los fines legales consiguientes.TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones complementarias a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en el lapso de ley correspondiente.