Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: Que es INCOMPETENTE para conocer la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales incoare el ciudadano HECTOR JOSE ESPINOZA SILVA contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO DE PEDERNALES DEL ESTADO DELTA AMACURO, antes identificado, SEGUNDO: En virtud de lo antes expuesto DECLINA el presente asunto al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil - Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con competencia en lo Contencioso Administrativo de la región Sur-Oriental. TERCERO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la ciudadana Alcaldesa del Municipio Pedernales del Estado Delta Amacuro y a la Síndico Procurador Municipal conforme al artículo 152 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en el .....