DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Edo Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECIDE: UNICO: SE REVISA Y SE SUSTITUYE la medida de prisión preventiva como medida cautelar, que fuera decreta en fecha seis (06) de Septiembre de 2017, y ratificada en fecha veintiuno (21), en relación al IDENTIDAD OMITIDA., por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑA CON PENETRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y Adolescente, en perjuicio de la niña: IDENTIDAD OMITIDA.y el delito de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 Encabezado de la Ley Orgánica para la Protección de Niño. Niña y Adolescente, en perjuicio del niño: IDENTIDAD OMITIDA.....