V
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo antes expuesto, este Juzgado Superior Tercero En Lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por la abogada LUCILDA OLLARVES VELASQUEZ, en su carácter de Juez Segundo de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo.
SEGUNDO: En acatamiento a la sentencia Nº 1.175, de fecha 23 de noviembre de 2010, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, SE ORDENA notificar inmediatamente de la presente decisión al Juez inhibido, así como al Juzgado que por distribución le correspondió conocer del juicio donde se produjo la presente incidencia, conforme a lo dispuesto en sentencia No. 1175, proferida por la Sala de Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 23 de nov.....