DECISION.
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 6 de agosto de 2025; por la abogada Nieve Del Valle Herrera, apoderada judicial de la ciudadana Remigia Orfelina Urquia, contra el auto de admisión de pruebas de fecha 1 de agosto del 2025, dictado por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial, el cual declaró admisible la prueba documental y la prueba de testigos, en el juicio de reconocimiento de contenido y firma que lleva en su contra la ciudadana Edivia Suyire Medina Arevalo.
SEGUNDO: Se REVOCA el auto de admisión con relación a la prueba do.....