PRIMERO: se declara SIN LUGAR, el recurso de Apelación de autos, interpuesto, por la Defensora Pública Sexta Abg. ZULLY SARABIA HURTADO, contra la decisión de fecha 14 de noviembre de 2012, y fundamentada el 16 de Noviembre de 2012 emanada del Juzgado Estadal Segundo de Control, en audiencia de presentación, la cual declaró con lugar la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad contra el ciudadano: JOSE GREGORIO SUAREZ LUIGIS.
SEGUNDO: Queda confirmada la decisión dictada por el Juzgado Estadal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, en audiencia de presentación del 14 de noviembre de 2012, y fundamentada el 16 de Noviembre de 2012 por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, CALIFICADO, PREVISTOS Y SANCIONADO EN EL ARTIUCLO 406 NUMERAL NUMERAL 1 EN CONCORDANCIA CON EL 83, CON LA AGRAVANTE DEL ARTÍCULO 77 NUMERAL 11, DEL CÓDIGO PENAL VENEZOLANO, EN PERJUICIO DEL CIUDADANO: JOSE ANTONIO MOSQUERA.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la pres.....