Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal de Juicio Accidental de este Circuito Judicial Penal, a los fines legales consiguientes, de conformidad con el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión Librense los oficios respectivos.