DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Itinerante Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 347, todos del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: SE DECLARA CULPABLE al ciudadano JULIO CESAR AGOSTO, venezolano, nacido en fecha 24-01-1976, de 39 años de edad, estado civil soltero, residenciado en el cafetal en la casa de LUIS CABRAL, vía principal a 06 casas de la pollera, cedula de identidad Nº 12.546.741, hijo de CECILIO BERIA (V) Y CARMEN AGOSTO BERIA (F), por ser autor responsable y culpable de la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑAS SIN PENETRACION, previsto y sancionado en el artículo 259 encabezamiento, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Nina y Adolescente. En perjuicio de la niña vic.....