este Tribunal de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: acuerda lo solicitado y declara HOMOLOGADO el Convenimiento de conformidad con lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.