DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se CONDENA por Admisión de los Hechos a los ciudadanos: ALFREDO JOSÉ PEÑA GARCIA, ELVIS TOMAS COVA RODRIGUEZ y JOSE FRANCISCO BOLIVAR MENA; a cumplir la pena de 07 años y 08 meses de prisión, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de JOSE ANTONIO AGUILERA BRAVO, así como la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, para el ciudadano ELVIS TOMAS COVA RODRIGUEZ, previsto y sancionado en los artículo 277 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Estado Venezolano, la presunta comisión del delito de PORTE .....