este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección De Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO 185-A, incoada por los Ciudadanos JOHNNY ROZ MARTINEZ MARQUEZ y LAUDELINA AVELIA ARMAS ARIAS, suficientemente identificados en autos, y en consecuencia de ello, disuelto el vínculo matrimonial celebrado en fecha dieciocho (18) de noviembre del año dos mil cuatro (2004), por ante el Registro Civil del Municipio Tucupita, Capital del Estado Delta Amacuro.
En virtud que los Ciudadanos JOHNNY ROZ MARTINEZ MARQUEZ y LAUDELINA AVELIA ARMAS ARIAS, plenamente identificados en autos, en la solicitud convinieron lo que respecta a las instituciones familiares de su hijo, por no ser manifiestamente ilegal o contrario a cualquier norma expresa de la Ley, es.....